SANTO DOMINGO.- Estados Unidos estÔ exigiendo al Gobierno dominicano que derogue el decreto 693-24, emitido por el presidente Luis Abinader el 18 de diciembre de 2024, el cual estableció medidas arancelarias para proteger la producción nacional de arroz.
Dijo que esto es necesariol para garantizar el acceso del cereal estaodunidense al mercado local bajo el DR-Cafta.
La posición fue comunicada por la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR), tras una reunión virtual con autoridades dominicanas durante la cual se habló sobre el “fortalecimiento” de las relaciones económicas y comerciales entre ambos paĆses. En la misma participaron el representante comercial adjunto estadounidense, Jeffrey Goettman; la embajadora Julie Callahan; la jefa negociadora agrĆcola de Estados Unidos y el ministro de Relaciones Exteriores dominicano, VĆctor Bisonó.
SegĆŗn la USTR, la delegación estadounidense destacó la importancia de queAbinader eli mine dicho decreto y RepĆŗblica Dominicana cumpla con sus compromisos de acceso al mercado establecidos en el Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos y CentroamĆ©rica, especĆficamente en lo relativo al arroz estadounidense.
La USTR tambiĆ©n informó que Estados Unidos estĆ” dispuesto a negociar con RepĆŗblica Dominicana un Acuerdo de Comercio RecĆproco y expresó su expectativa de que las conversaciones concluyan oportunamente.
EL DECRETO
El Decreto 693-24 estĆ” relacionado especĆficamente con el rĆ©gimen arancelario del arroz importado por la RepĆŗblica Dominicana. Busca proteger la producción arrocera nacional y organizar las condiciones bajo las cuales puede ser importado arroz..
Dispone que a los productos de arroz clasificados en las partidas arancelarias 1006.10.00, 1006.20.00, 1006.30.00 y 1006.40.00 se les aplique el tratamiento arancelario establecido en la Lista XXIII de RepĆŗblica Dominicana ante la Organización Mundial del Comercio (OMC). AdemĆ”s, establece el marco para la aplicación de cuotas de importación y aranceles a dicho cereal, particularmente en el contexto de los compromisos comerciales internacionales asumidos por el paĆs.
El decreto no simplemente prohibió la importación de arroz sino que también estableció el tratamiento arancelario y las condiciones de acceso correspondientes, de acuerdo con los compromisos de la República Dominicana ante la OMC.
ARROZ DE ESTADOS UNIDOS
En cuanto al arroz procedente de Estados Unidos, establece una cuota preferencial: permite la entrada de 23,300 toneladas mƩtricas al aƱo con arancel de 0 %. Por encima de esa cuota, queda sujeto a un arancel de 99 % ad valorem, es decir, un impuesto equivalente al 99 % del valor declarado del producto.
El beneficio aplica a las partidas arancelarias 1006.10.00, 1006.20.00, 1006.30.00 y 1006.40.00, que comprenden las distintas categorĆas de arroz contempladas por el decreto.
El decreto establece que estas medidas se mantendrƔn hasta que el CONASSAN recomiende modificarlas o dejarlas sin efecto, sobre la base de un nuevo informe tƩcnico.
EL PUNTO CENTRAL DE LA CONTROVERSIA
El punto central de la controversia es que el DR-CAFTA contemplaba la eliminación de los aranceles al arroz estadounidense a partir del 1 de enero de 2025. El Decreto 693-24 mantuvo una protección para la producción arrocera dominicana mediante el lĆmite de 23,300 toneladas libres de arancel y el 99 % para las importaciones que excedan esa cantidad. Fuera de ese volumen, el cereal queda sujeto al arancel de Nación MĆ”s Favorecida (NMF), tambiĆ©n de 99 % ad valorem.

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